Propuesta de dictamen pide que Bruno sea suspendido del ministerio durante tres años

Por Mary Frances Schjonberg
Posted Jul 24, 2017

El obispo de la Diócesis de Los Ángeles, J. Jon Bruno, pasó casi siete horas, los días 29 y 30 de marzo, testificando ante el tribunal que está considerando una sanción disciplinaria en su contra. Foto de Mary Frances Schjonberg/ENS.

[Episcopal News Service] El tribunal [o panel de audiencia] que contempla imponerle una sanción disciplinaria al obispo de la Diócesis de Los Ángeles J. Jon Bruno ha redactado un fallo en el que pide su suspensión del ministerio ordenado durante un período de tres años por haber incurrido en una conducta impropia.

El panel de cinco miembros llegó a la conclusión en un veredicto de 4 a favor y 1 uno en contra de que “el alcance y gravedad de la conducta impropia del obispo Bruno… han perturbado injusta e innecesariamente el ministerio de una misión de la Iglesia”.

El dictamen propuesto de 91 páginas rechaza específicamente que Bruno sea depuesto o  expulsado del ministerio ordenado. Dice que durante los tres años de suspensión Bruno no podría ejercer ninguna autoridad sobre “la propiedad personal o los asuntos temporales de la Iglesia”. Una suspensión de tres años situaría a Bruno más allá de la fecha de su jubilación obligatoria en noviembre de 2018, cuando cumpla 72 años.

La propuesta de dictamen, que aún no es final, también insta a la diócesis a dejar que los miembros de Santiago el Mayor [St. James the Great] regresen a su inmueble en Newport Beach, California.

Bruno cerró la congregación hace casi dos años después de que los miembros objetaran su infructuoso intento en 2015 de vender la propiedad de Santiago el Mayor a un promotor de condominios por $15 millones en efectivo. La congregación ha estado reuniéndose para el culto en un salón del ayuntamiento de Newport Beach. Su estatus canónico con la diócesis se encuentra en un limbo.

El intento de venta tuvo lugar menos de 18 meses después de que Bruno reabriera Santiago el Mayor a fines de 2013, luego de recuperar la propiedad mediante una demanda legal provocada por una ruptura de la congregación. Otras tres congregaciones de la diócesis también se dividieron en disputas acerca de la plena inclusión de personas LGBTQ en la vida de la Iglesia Episcopal.

El empeño subsecuente de vender a Santiago el Mayor a una inmobiliaria llevó a los miembros de la congregación a presentar acusaciones de conducta impropia contra Bruno, alegando que violaba los Cánones de la Iglesia Episcopal. Una audiencia sobre estas acusaciones tuvo lugar en marzo.

Bruno siguió intentando vender la propiedad incluso después de esa audiencia. Esas gestiones, que el obispo trató de ocultar, le ganaron una amonestación del tribunal en junio. El tribunal le dijo a Bruno que tenía que dejar de intentar vender la propiedad durante el proceso disciplinario. Si lo intentaba, o lo llevaba a cabo, antes de que el tribunal decidiera el caso original en contra suya, esa conducta sería “desestabilizadora, dilatoria y por otra parte contraria a la integridad de este procedimiento”, le dijo el tribunal en ese momento. La nota decía que lo mismo se aplicaría si dejaba de brindarle al tribunal la información requerida respecto a sus acusaciones. Tal conducta viola la porción del derecho canónico que rige la conducta de clérigos que enfrentan acciones disciplinarias (Canon IV.13.9(a) página 151 aquí).

Pocos días después, el obispo primado Michael Curry restringió parcialmente el ministerio de Bruno, específicamente su capacidad de vender propiedades de la Iglesia.

La apelación de Bruno a las sanciones del tribunal no prosperó.

Reconociendo su incapacidad de evaluar si [la iglesia] de Santiago [el Mayor] podría haber sobrevivido de haber podido quedarse en su edificio, el tribunal dice en su propuesta de dictamen que “existe amplia evidencia de su viabilidad y promete convencer al tribunal de que a Santiago el Mayor lo privaron de una oportunidad razonable de salir adelante como una comunidad de fe sostenible”. La congregación, dice el dictamen, “es una víctima de la conducta impropia del obispo Bruno”.

Calificándolo de “un asunto de justicia” el panel recomienda que la diócesis suspenda inmediatamente sus gestiones de vender la propiedad de Santiago [el Mayor], que le devuelva a la congregación y a su vicaria el edificio de la iglesia y que le reasigne a Santiago el Mayor el apropiado estatus de misión.

La propuesta de dictamen dice que aunque el Canon IV.15.6 permitiría al tribunal intervenir para ayudar a Santiago el Mayor, el mismo desiste de hacerlo. “Las acciones disciplinarias del Título IV no están concebidas para abordar las complejidades de los problemas específicos de las propiedades diocesanas que se les presentan”, dice el dictamen. “El tribunal cree que los obispos sí tienen y deben tener autoridad sobre la propiedad de la misión y que la revisión y aprobación del comité permanente es una parte esencial del tejido y las normas de la Iglesia”.

La propuesta  dice también que los miembros del tribunal creen que la Diócesis de Los Ángeles tiene labor que hacer para alcanzar los objetivos de justicia, restauración, restitución y reconciliación sobre los cuales se basa el proceso disciplinario del Título IV. “El tribunal está convencido de que la Diócesis de Los Ángeles, particularmente su Comité Permanente, con el liderazgo solidario de su recién ordenado coadjutor, debe decidir conscientemente participar en un proceso de autoexamen y confesión de la verdad en torno a estos desafortunados y trágicos sucesos”.

Sin esa tarea, dice el tribunal, esos objetivos no se alcanzarán “desde afuera por la fuerza de un canon”.

La propuesta de dictamen recuenta meticulosamente el testimonio y las pruebas que el tribunal revisó. Esencialmente respalda las alegaciones de los demandantes de Santiago [el Mayor] de que Bruno violó los cánones de la Iglesia porque:

  • No obtuvo el consentimiento del comité permanente diocesano antes de suscribir un acuerdo para vender la propiedad.
  • Desfiguró su intención respecto a la propiedad ante los miembros, el clero y la comunidad local en general.
  • Expuso falsamente que Santiago el Mayor no era una congregación sostenible.
  • Expuso falsamente que la Rda. Cindy Evans Voorhees, vicaria de Santiago [el Mayor], había renunciado.
  • Engañó a algunos de los miembros de Santiago [el Mayor] [al decirles] que él les alquilaría la propiedad durante cierto número de meses y que la diócesis ayudaría económicamente a la iglesia, y
  • Participó en una conducta impropia de un miembro del clero “al desorientar y engañar” al clero y al pueblo de Santiago [el Mayor], así como a la comunidad local, respecto a sus planes para la propiedad y por tomar posesión de la propiedad y privar a la congregación de acceso a ella.

Herman Hollerith IV, obispo de la Diócesis de Virginia Sur, es el presidente del tribunal que lleva el caso contra Bruno. El panel, nombrado por la Junta Disciplinaria para los Obispos de entre sus miembros, incluye al obispo de Rhode Nicholas Knisely, al obispo de Dakota del Norte Michael Smith, al Rdo. Erik Larsen de Rhode Island y a Deborah Stokes Ohio Sur.

Smith disintió de la propuesta de dictamen. Dijo que ninguna de las partes debió haber llevado sus disputas a los tribunales seculares, incluido  [el litigio] con los miembros de las cuatro congregaciones divididas. Y citó a I Corintios 6:1,7-8 en que se amonesta a los cristianos en contra de presentar demandas legales. Smith también dijo que las disputas de propiedades no debían ventilarse en el proceso disciplinario de la Iglesia Episcopal.

Y él sugirió que Santiago [el Mayor] estaba demasiado centrado en una propiedad en particular. “En este momento de la vida de la Iglesia, muchas congregaciones están aprendiendo a convertirse en comunidades de fe afuera ‘de las cuatro paredes del edificio de la iglesia’”, escribió él.

El tribunal no dio a conocer públicamente su propuesta de dictamen. Al parecer le dio copia de la misma a los demandantes y al Obispo Primado con vistas a obtener comentarios. El Título IV.14.7 (página 153 aquí) llama a esas partes “a ser oídas sobre los términos propuestos del dictamen”.  Los comentarios al tribunal están previstos para el 26 de julio.

A Bruno no se le permite que haga ningún comentario al tribunal sobre la propuesta. La diócesis publicó un comunicado el 21 de julio en el que dice que nadie de la diócesis haría ninguna declaración pública sobre la propuesta “manteniendo su compromiso de respetar la integridad del proceso del Título IV, una prioridad que el obispo Bruno ha mantenido a lo largo del proceso de dos años de duración.”

Neva Rae Fox, encargada de relaciones públicas de la Iglesia Episcopal, dijo que la Iglesia no haría ningún comentario en tanto el proceso del Título IV continúe.

Roger Bloom, asesor de comunicaciones que trabaja para Santiago [el Mayor] publicó la propuesta de dictamen en las últimas horas del 21 de julio; según se dio a conocer, luego de consultar a un abogado que le dijo que los cánones de la Iglesia Episcopal no impiden su publicación.

Cuarenta días después de que se emita el dictamen final, la Rvdma. Catherine Waynick, presidente de la Junta Disciplinaria para los Obispos, tiene 20 días para sentenciar a Bruno. Él puede apelar esa sentencia y, si lo hace, la sentencia no se impone mientras la apelación esté en proceso. Sin embargo, entretanto se ratifica el dictamen, la restricción parcial de Curry sobre Bruno se mantiene en vigor.

Bruno cumple 72 años, la edad de jubilación obligatoria en la Iglesia Episcopal, a fines de 2018. Su sucesor, el obispo coadjutor John Taylor, fue ordenado y consagrado el 8 de julio en Los Ángeles.

– La Rda Mary Frances Schjonberg es redactora sénior y reportera de Episcopal News Service. Traducción de Vicente Echerri.


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