Consagraciones de septiembre a diciembre, elecciones, consentimientos

Publicado en agosto 20, 2012

[Oficina de Asuntos Públicos de la Iglesia Episcopal] En los próximos cuatro meses, del 1 de septiembre al 31 de diciembre, la Iglesia Episcopal será testigo de las consagraciones de seis obispos y la elección de un obispo.

Consagraciones
Seis consagraciones de obispos están programadas para septiembre a diciembre. La obispa presidenta Katharine Jefferts Schori oficiará en los servicios de ordenación.

6 octubre: Diócesis de Texas Suffragan: el reverendo Jeff W. Fisher, elegido junio 2

13 octubre: Diócesis de Atlanta: El mismísimo reverendo Robert C. Wright, elegido junio 2

20 octubre: Diócesis de Pittsburgh: La reverenda Dorsey WM McConnell, elegida en abril 21

17 de noviembre Diócesis de Rhode Island: El Muy Rev. Nicholas Knisely, elegido en junio 2

Diciembre 1: Diócesis del oeste de Massachusetts: El reverendo Dr. Douglas John Fisher, elegido junio 2

Diciembre 15: Diócesis de Lexington: El mismísimo reverendo Douglas Hahn eligió a August 18; pendiente de un proceso de consentimiento canónico exitoso

Elecciones
De septiembre a diciembre, la elección de un obispo está programada:

Noviembre 10: Diócesis de Eau Claire

Proceso de Consentimiento Canónico
No hay un proceso de consentimiento canónico actualmente en curso. Sin embargo, se espera que el proceso de consentimiento canónico comience en septiembre para el candidato exitoso en las elecciones de la Diócesis de Lexington en agosto 18.

Un resumen del proceso.
Tras la elección, el candidato seleccionado es obispo electo. Después de algunos asuntos de procedimiento, incluidos los exámenes, se envían avisos formales a los obispos con jurisdicción (solo obispos diocesanos) con avisos separados a los comités permanentes de cada una de las diócesis de la Iglesia Episcopal. Estos avisos requieren sus propias acciones y firmas.

Para que un Obispo-Electo se convierta en obispo, bajo el Cañón III.11.4, 6 de la Iglesia Episcopal, la mayoría de los obispos con jurisdicción Y la mayoría de los comités permanentes diocesanos deben consentir la ordenación del obispo electo como obispo dentro de 120 días. de recibir notificación de la elección. Estas acciones se realizan por separado.

Una vez que el Obispo Presidente reciba los consentimientos necesarios, deberá "sin demora" notificar a la diócesis electa y al obispo electo sin esperar la expiración del período de días 120, y "deberá", una vez que el obispo acepte la elección. elige, "toma el orden para la ordenación".

Sin embargo, si la mayoría de los obispos diocesanos no consienten, y / o la mayoría de los comités permanentes no consienten, el Obispo Presidente, de conformidad con el Canon III.11.5, debe declarar nula y sin efecto la elección. En esos casos, una persona elegida por la diócesis no será ordenada.


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