Respuesta del Obispo Presidente a Noviembre 10 del Obispo William Love, Carta Pastoral y Directiva de 2018

Iglesia Episcopal Oficina de Asuntos Públicos
Publicado en enero 11, 2019

Después de una amplia consulta con el liderazgo de la Iglesia Episcopal y de conversaciones continuas con los Rt. El Reverendo William Love de la Diócesis Episcopal de Albany y el Comité Permanente de la Diócesis Episcopal de Albany, el Obispo Presidente Michael Curry ha emitido la siguiente restricción sobre el ministerio al Obispo Love:

Oficina del Obispo Presidente
Restricción parcial en el ministerio de un obispo
El Rt. Reverendo William H. Love, Obispo de Albany

En las últimas semanas, he aprendido y estudiado una Carta pastoral y una Directiva pastoral para su Diócesis emitida por el Obispo Love de la Diócesis de Albany en noviembre 10, 2018, con respecto a la aceptación continua por parte de la Iglesia del uso de un rito de prueba para llevar a cabo la misma Los matrimonios sexuales en la Iglesia de conformidad con la Resolución B012 de la Convención General en 2018. Copias de la declaración de Bishop Love y la Resolución B012 están disponibles esta página y esta página. En esa declaración, el Obispo Love expresa su creencia de que el matrimonio entre personas del mismo sexo es contrario a las Escrituras y la "enseñanza oficial" de esta Iglesia y, como consecuencia, indica que los matrimonios entre personas del mismo sexo no pueden ser realizados por ningún clero canónico residente o licenciado de su Diócesis, y exige el pleno cumplimiento del Canon XVI de la Diócesis de Albany, que prohíbe que el mismo clero "oficie", "facilite" o "participe" en tales matrimonios; prohíbe el reconocimiento de tales matrimonios en esa diócesis; y prohíbe el uso de bienes de la iglesia como el sitio de tales matrimonios.

Después de las conversaciones con el Obispo Love, publiqué una declaración en respuesta parcial en noviembre 12, 2018, una copia de la cual es esta página. Desde entonces, los representantes de mi Oficina se han reunido con miembros del Comité Permanente y el Canciller de la Diócesis de Albany.

Estos documentos y discusiones forman la base de la acción temporal que ahora tomo con respecto al ministerio del Obispo Love como Obispo de Albany. Aunque estoy convencido de la sinceridad y la buena voluntad del Obispo Love en estas difíciles circunstancias, estoy convencido de que la Convención pretende que la Resolución B012 sea obligatoria y vinculante para todas nuestras diócesis, particularmente a la luz de su disposición de que un obispo diocesano “Mantener una posición teológica que no abarca el matrimonio para [tales] parejas” y confrontar a una pareja del mismo sexo que desea casarse en la diócesis de ese obispo, “invitará, según sea necesario, a otro obispo de esta Iglesia para que ofrezca servicios pastorales. apoyo a la pareja, al miembro del clero involucrado y a la congregación o comunidad de culto para cumplir con la intención de esta resolución de que todas las parejas tengan acceso congregacional local conveniente y razonable a estos ritos ". Por lo tanto, estoy convencido de que, como Obispo Presidente I Estoy llamado a tomar medidas para garantizar que el matrimonio entre personas del mismo sexo en la Iglesia Episcopal esté disponible para todas las personas en la misma medida y en las mismas condiciones. En todas las diócesis de la Iglesia donde el matrimonio entre personas del mismo sexo es legalmente legal.

Soy consciente de que la conducta del obispo Love a este respecto puede constituir una ofensa canónica según el Canon IV.4 (1) (c) ("cumplir con las promesas y los votos emitidos cuando se ordenó") y el Canon IV.4 (1) (h) (9) ("cualquier conducta que no se convierta en miembro del clero"), y esa conducta se ha remitido a la Rt. El Reverendo Todd Ousley, Obispo de Desarrollo Pastoral y Oficial de Admisión para asuntos disciplinarios relacionados con obispos. En consecuencia, para proteger la integridad de la política de la Iglesia y el proceso disciplinario y, por lo tanto, el buen orden y el bienestar de la Iglesia, y de conformidad con los Cánones IV.7 (3), (4), y IV.17 (2) Por la presente, coloco la siguiente restricción parcial en el ejercicio del ministerio del Obispo Love:

  • Durante el período de esta restricción, el Obispo Love, actuando individualmente o como Obispo Diocesano, o en cualquier otra capacidad, tiene prohibido participar de cualquier manera en el proceso disciplinario de la Iglesia en la Diócesis de Albany en cualquier asunto relacionado con cualquier miembro del clero. Eso involucra el tema del matrimonio entre personas del mismo sexo.
  • Tampoco participará en ningún otro asunto que tenga o pueda tener el efecto de penalizar de cualquier manera a cualquier miembro del clero o laicado o congregación de adoración de su Diócesis por su participación en los arreglos o la participación en un matrimonio entre personas del mismo sexo en su Diócesis o en otro lugar.

Esta restricción es efectiva de inmediato y continuará hasta que se resuelva cualquier asunto del Título IV pendiente contra el Obispo Love. Mientras tanto, yo o mi sucesor, si este asunto continuara después de mi mandato, revisaremos la necesidad continua de esta restricción de vez en cuando y enmendarla o levantarla según corresponda.

Este documento se entregará al Obispo Love hoy y le informará de su derecho a que se escuchen objeciones a esta restricción de conformidad con el Canon IV.7.


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